SODESOS · Preguntas frecuentes
Respuestas claras para preguntas importantes
Reunimos algunas de las preguntas que propietarios de vehículos eléctricos e híbridos nos hacen con mayor frecuencia.

30 preguntas disponibles
La normativa colombiana contempla incentivos tributarios asociados a inversiones que cumplan determinadas condiciones. Dependiendo del vehículo, del propietario y del caso, pueden ser relevantes la exclusión del IVA, la deducción especial en renta y, cuando corresponda, la depreciación acelerada. Cada incentivo tiene requisitos particulares y debe revisarse de manera independiente.
No. La compra por sí sola no genera automáticamente el beneficio. Deben revisarse la tecnología, las condiciones de adquisición, el propietario, la documentación y los requisitos aplicables.
La certificación UPME es un requisito para acceder a los incentivos correspondientes. Sin embargo, tener el certificado no significa automáticamente que proceda un beneficio tributario. También deben cumplirse las demás condiciones aplicables.
Sí. DIAN reconsideró en 2025 su doctrina respecto de vehículos eléctricos y determinados híbridos de uso personal y reconoció la posibilidad de que personas naturales accedan a determinados incentivos, sujeto al cumplimiento de los requisitos correspondientes.
Las personas jurídicas pueden ser potenciales beneficiarias. Debe revisarse el tipo de contribuyente, las características de la inversión y el incentivo que se pretende aplicar.
Debe revisarse el beneficio específico. La deducción especial en renta y la exclusión del IVA tienen condiciones diferentes, por lo que pertenecer al Régimen Simple no debe convertirse en una respuesta automática de sí o no.
Los vehículos completamente eléctricos y determinados híbridos HEV y PHEV pueden encontrarse dentro de las tecnologías contempladas, sujeto al cumplimiento de los demás requisitos.
De acuerdo con la información actualmente publicada por UPME, los vehículos de hibridación ligera MHEV no pueden acceder a estos incentivos.
No necesitas conocer la clasificación técnica de memoria. Puedes ingresar la información disponible en nuestro Verificador y, si existe alguna duda, SODESOS puede revisar la referencia específica.
Para esta medida, UPME establece condiciones relacionadas con vehículos nuevos y primer propietario. Un vehículo adquirido de segunda mano no cumple esas condiciones iniciales.
Puede existir una ruta cuando se trata de leasing financiero con opción irrevocable de compra, sujeto al cumplimiento de las condiciones correspondientes. El contrato debe revisarse antes de determinar la ruta.
UPME contempla solicitudes con más de un propietario y permite informar su participación. La aplicación tributaria posterior debe revisarse de acuerdo con las circunstancias particulares de cada propietario.
SODESOS prioriza comercialmente la revisión de vehículos adquiridos desde 2022 en adelante. Sin embargo, el año por sí solo no debe utilizarse como una conclusión automática sobre elegibilidad. Un caso anterior requiere revisión particular de la normativa y de sus circunstancias.
La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) es una entidad adscrita al Ministerio de Minas y Energía. Entre sus funciones se encuentra la evaluación de solicitudes relacionadas con certificaciones requeridas para determinados incentivos tributarios.
Sí. El interesado puede presentar directamente la solicitud mediante los canales habilitados por UPME. SODESOS es una firma privada e independiente que ofrece revisión, preparación y acompañamiento especializado.
Antes de radicar revisamos aspectos que pueden afectar el proceso, como la tecnología y referencia del vehículo, propietario, documentación, información técnica y coherencia de la solicitud. Nuestro objetivo es identificar posibles inconsistencias y acompañar la gestión.
Que un modelo no aparezca inicialmente no significa necesariamente que el caso termine allí. UPME contempla mecanismos para revisar/incluir modelos o líneas y puede requerirse información técnica adicional. SODESOS puede revisar la situación antes de la solicitud.
Depende del propietario y del vehículo. Para una revisión inicial pueden ser necesarios documentos de identificación y tributarios, información de adquisición y datos del vehículo. Los requisitos definitivos se verifican antes de radicar según el caso y la normativa vigente.
La tarifa oficial depende de las condiciones y del valor de la inversión conforme al mecanismo establecido por UPME. Es independiente de los honorarios de SODESOS.
El pago de la tarifa oficial se realiza directamente a través del mecanismo habilitado por UPME dentro de su plataforma. La información publicada por la entidad debe verificarse al momento de realizar la solicitud, ya que los mecanismos pueden cambiar.
Dependiendo de las condiciones del caso, puede existir una ruta para solicitar ante la DIAN la devolución del IVA pagado bajo el procedimiento correspondiente. DIAN ha desarrollado doctrina para situaciones en las que la certificación UPME se obtiene después de la compra. La procedencia debe verificarse individualmente.
Para las solicitudes que procedan bajo el mecanismo de devolución por pago de lo no debido, DIAN ha señalado un término de cinco años. La procedencia y el cómputo aplicable deben revisarse según las circunstancias del caso.
Puede ser aplicable, pero requiere un análisis tributario cuidadoso. Su utilidad efectiva depende de la situación fiscal del contribuyente, los límites aplicables y otras condiciones, incluida la permanencia del activo.
Es un incentivo previsto para determinados activos que cumplan las condiciones legales. Su aplicación depende, entre otros aspectos, de la naturaleza del contribuyente y del uso del activo, por lo que no debe asumirse automáticamente por adquirir un vehículo eléctrico o híbrido.
Como referencia de planeación, un proceso integral acompañado por SODESOS puede tomar aproximadamente entre 3 y 6 meses, dependiendo del estado inicial del caso, la documentación, posibles requerimientos y los tiempos de las autoridades.
Este rango corresponde a una referencia de planeación de SODESOS. No constituye un plazo oficial ni una garantía de respuesta de UPME o DIAN.
No. SODESOS es una empresa privada e independiente especializada en acompañar la revisión y gestión de beneficios tributarios relacionados con vehículos eléctricos e híbridos.
Sí. SODESOS puede revisar casos de diferentes regiones de Colombia. Algunas etapas pueden presentar condiciones operativas particulares según la ubicación, por lo que verificamos ciudad y departamento antes de definir la ruta del caso.
Sí. SODESOS permite realizar pagos con tarjeta de crédito mediante el enlace de pago habilitado con BOLD, sin costo adicional para el cliente.
El servicio integral se maneja en dos etapas: 50% al iniciar y 50% cuando UPME emite el certificado, antes de comenzar la etapa documental correspondiente a DIAN.
Si UPME niega la emisión del certificado por causas ajenas al cliente, SODESOS reintegra los valores pagados a SODESOS hasta ese momento, de acuerdo con las condiciones contractuales.
Una garantía sobre nuestro servicio, no una promesa sobre las autoridades.
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